El Reglamento General de Vehículos dicta las normas que deben seguir los conductores y propietarios de vehículos en cuanto a seguridad vial, documentación necesaria, mantenimiento y equipamiento obligatorio, para garantizar una circulación segura en territorio español. Conforme a los datos de la Dirección General de Tráfico (DGT), existen un número de infracciones recurrentes que acarrean sanciones económicas y la pérdida de puntos en el carné de conducir.  

A continuación, repasamos las infracciones más comunes con sus respectivas sanciones, y además, presentamos una nueva normativa que entrará en vigor a partir de 2026. 

 

Infracciones más comunes según la DGT 

Exceso de velocidad 

Una de las infracciones más habituales y peligrosas es el exceso de velocidad. Según la DGT, un alto porcentaje de accidentes graves se producen por no respetar los límites de velocidad vigentes. 

Las sanciones por esta infracción dependen del propio exceso. La multa por exceso de velocidad puede variar de 100 a 600 euros, más la pérdida de 2 a 6 puntos en el carné. En casos graves, el exceso de velocidad puede suponer la retirada del carné o incluso acciones sancionables por considerarse conducción temeraria. 

 

Uso del móvil al volante 

El uso indebido del teléfono móvil es un delito que ha aumentado notablemente con la llegada del ‘smartphone’, siendo la distracción al volante la principal causa de accidentes de tráfico. Es un delito utilizar el móvil para enviar mensajes, hablar sin el sistema de manos libres o incluso manipular aplicaciones mientras se conduce, lo que conlleva una multa de 200 euros más 6 puntos de reducción del carné. La gravedad de esta infracción radica en que las posibilidades de provocar un accidente son muy altas por falta de atención al volante. 

 

No usar el cinturón de seguridad o los sistemas de retención infantil  

Aunque son muchas las campañas de concienciación lanzadas, aún hay muchos conductores y pasajeros que todavía no usan el cinturón de seguridad. La multa por no llevar cinturón o por no asegurar correctamente a los bebés, niños o menores, es de 200 euros, más la pérdida de 4 puntos en el carné de conducir. 

 

Conducir bajo los efectos del alcohol o las drogas 

Estar al volante alcoholizado o bajo los efectos de una droga, es considerada una de las infracciones más graves por el riesgo elevado de causar accidentes mortales. En España, el nivel máximo de alcohol permitido en sangre es de 0,5 g/l en sangre y 0,25 mg/l en aire espirado para conductores generales y 0,3 g/l en sangre y 0,15 mg/l en aire espirado para conductores noveles y profesionales, y superarlo puede generar una sanción de hasta 1.000 euros y la retirada de 4 a 6 puntos del permiso de conducir.  

Ahora bien, si el conductor muestra señales de estar bajo los efectos de sustancias estupefacientes, la sanción de igual manera puede llegar hasta los 1.000 euros además de la pérdida de 6 puntos en el carnet. En escenarios más delicados y graves, la infracción puede llegar a implicar penas de prisión. 

 

Circular sin la ITV en vigor 

ITV son las siglas de Inspección Técnica de Vehículos. Se trata de un tipo de inspección cuyo fin es comprobar si los vehículos inspeccionados cumplen las condiciones exigidas para su circulación por las vías públicas de España respetando también las normativas de seguridad y emisiones contaminantes.  

Conducir un vehículo sin la ITV en regla puede conllevar una sanción de 200 euros. Si se conduce con una ITV desfavorable o negativa, es decir, cuando el vehículo no ha aprobado la inspección y no se han reparado los defectos, la multa puede incrementarse hasta los 500 euros.  

 

No respetar las señales de tráfico y semáforos 

Pasarse un semáforo en rojo y no hacer caso a una señal de “stop» es una infracción grave que implica multas, que pueden alcanzar los 200 euros y la retirada de 4 puntos del carné.  

En particular, cada vez es más común que este tipo de infracciones sean detectadas por cámaras de control de tráfico instaladas en vías de mayor tránsito. 

 

Nueva normativa a partir de 2026: la obligatoriedad de la baliza V16 

Si hablamos de las normativas más relevantes que entrarán en vigor próximamente; desde el 1 de enero de 2026, será obligatorio en todos los vehículos contar con un dispositivo conectado V16 homologado, que llegará para reemplazar a los triángulos de emergencia. 

Esta baliza, tendrá la capacidad de emitir luz intermitente visible desde grandes distancias para advertir a otros conductores de la presencia de un vehículo inmovilizado, e incluirá un sistema de geolocalización. Este sistema permitirá a los servicios de emergencia conocer la ubicación exacta del vehículo averiado en tiempo real, facilitando una intervención rápida y eficiente. 

La implementación de la baliza V16 tiene como objetivo principal mejorar la seguridad de los ocupantes y reducir los accidentes, en especial en situaciones de baja visibilidad o en vías rápidas. Según la normativa que está por llegar, no contar con una baliza V16 homologada a partir de 2026 será considerado una infracción, sancionada con multas de hasta 200 euros. Este dispositivo debe cumplir con los requisitos técnicos establecidos por la DGT para garantizar su correcta funcionalidad. 

 

Importancia de cumplir con el Reglamento General de Vehículos 

El Reglamento General de Vehículos no solo tiene como objetivo garantizar la seguridad en las carreteras, sino también proteger el medio ambiente mediante la regulación de las emisiones de los vehículos y asegurar que estos se mantengan en condiciones óptimas. Respetar las normativas no solo ayuda a evitar sanciones, sino que también contribuye a una conducción más segura y responsable, que protege tanto a conductores como a peatones.